La MOE.Gt reafirma la importancia del Tribunal Supremo Electoral (TSE) y de los órganos de la justicia como garantes del ordenamiento jurídico constitucional en la materia. Sin embargo, como fue señalado en nuestro primer informe, los criterios jurídicos deben de aplicarse de manera homogénea y sin discriminación o discresión conforme a lo que establece el principio constitucional de igualdad.
